Con fecha 15 de noviembre del 2007, el obispo de Córdoba ha dictado un decreto con el título que antecede, y que entrará en vigor el 1 de enero del 2008, siendo de aplicación a todas las cofradías y hermandades de de nuestro obispado.
Esta normativa es muy trascendente, pues regula aspectos muy importantes de las cofradías, y complementa el estatuto marco y el particular de cada hermandad, señalando de forma expresa “deberá realizarse una interpretación integradora de la presente normativa y los Estatutos siempre que sea posible. Cuando no lo sea, prevalecerá el contenido de la presente regulación sobre el contenido particular de cada Estatuto”.
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